Sevilla 24 de marzo de 2023. Fuente: huffingtonpost.es
Al estar de baja laboral durante un día existe la posibilidad de que te descuenten la totalidad del sueldo y no percibas nada. Ello es lo que ocurre si la baja se debe a una enfermedad común (accidente no laboral).
El importe a recibir al estar de baja laboral depende de la base reguladora del trabajador. En ese sentido, la Seguridad Social precisa en su sitio web que la base reguladora “es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario)”.
A esa base reguladora se le aplican una serie de porcentajes, lo que resulta en la cuantía que finalmente se le paga a la persona que está de baja. En otro apartado de su página web, la Seguridad Social aclara que en una baja por enfermedad común (accidente no laboral) se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto día de la baja hasta el vigésimo día (inclusive) y el 75% desde el día 21 en adelante. Por lo tanto, si solo se está de baja un día, se descuenta la totalidad del salario.
En cualquier caso, el convenio colectivo del trabajador puede incrementar esos porcentajes o estipular que se cobre desde el primer día de la baja laboral aunque se deba a una enfermedad común.
En la baja por enfermedad profesional se paga desde el primer día
Por el contrario, si la baja ha sido causada por una enfermedad profesional (accidente de trabajo), “se recibe el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el puesto de trabajo”, explica la Seguridad Social.
No obstante, al igual que en el caso de las bajas por enfermedad común, los convenios colectivos también pueden recoger un porcentaje de la base reguladora superior al mencionado.