La consulta y participación de las personas trabajadoras en la prevención de riesgos laborales es una obligación legal y una oportunidad estratégica para la empresa. Fomentar un entorno en el que el personal participe activamente en la gestión de la seguridad y salud laboral aporta importantes beneficios: mejora las condiciones de trabajo, aumenta el compromiso del equipo, favorece un buen clima laboral y, como resultado, impulsa la productividad y competitividad de la organización.

La consulta se refiere al intercambio de opiniones y diálogo entre la empresa y las personas trabajadoras o sus representantes sobre cuestiones relacionadas con la seguridad y salud laboral. Esto incluye la emisión de informes previos por parte de los representantes, permitiendo que las personas trabajadoras influyan en las decisiones sobre medidas preventivas.

Por otro lado, la participación implica la intervención activa de las personas trabajadoras en la identificación, evaluación y gestión de los riesgos en su lugar de trabajo. Este enfoque reconoce el valor de su experiencia diaria para aportar información relevante.

Las obligaciones de la empresa en materia de consulta y participación están reguladas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales,

  1. Consulte a las personas trabajadoras y sus representantes antes de tomar decisiones relativas a:
    • La planificación y organización del trabajo y la introducción de nuevas tecnologías, especialmente en lo que pueda afectar a la seguridad y salud laboral.
    • La organización y desarrollo de actividades preventivas, incluida la designación de personal encargado de estas tareas o la contratación de servicios externos.
    • La designación de personas trabajadoras responsables de medidas de emergencia.
    • Los procedimientos de información, documentación y formación en prevención de riesgos laborales.
    • Cualquier otra acción que pueda tener un impacto significativo en la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
  2. Garantice la participación de las personas trabajadoras, permitiendo que puedan hacer propuestas tendentes a mejorar los niveles de protección existentes. Esta participación debe canalizarse a través de los representantes legales de las personas trabajadoras (Comités de Empresa, Delegados de Personal o Delegados de Prevención)​.
  3. Facilite los medios necesarios para que los Delegados de Prevención puedan ejercer sus funciones, incluidas las horas de trabajo necesarias y la formación en prevención.
  4. Colabore con los órganos de representación de las personas trabajadoras, como el Comité de Seguridad y Salud y participar en sus reuniones periódicas.
  5. Permita el acceso a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo y a los daños producidos en la salud de las personas trabajadoras, así como atendiendo sus propuestas y consultas en materia de prevención.

Los mecanismos de participación en PRL varían según la existencia o ausencia de representación de las personas trabajadoras.

Empresas sin representación de personas trabajadoras:

En este caso, no hay establecido un sistema específico y único. Por tanto, se pueden llevar a cabo múltiples formas de consulta y participación como por ejemplo:

  • Reuniones periódicas: Organizar encuentros regulares con las personas trabajadoras para tratar asuntos de seguridad y salud.
  • Comités informales o grupos de mejora: Formar equipos de personas interesadas en la prevención para promover mejoras.
  • Encuestas periódicas: Recoger las opiniones de las personas trabajadoras mediante cuestionarios sobre la seguridad y salud en el trabajo.
  • Sesiones de formación o talleres: Aprovechar estos espacios formativos para recoger opiniones y propuestas de mejora.
  • Nombrar representantes informales: Designar personas trabajadoras de distintas áreas como enlaces directos en temas de PRL.

 Empresas con representación de personas trabajadoras:

En las empresas con representación de personas trabajadoras, existen diversos mecanismos formales que permiten la participación activa en la gestión de la prevención de riesgos laborales.

  • Delegados y delegadas de prevención: Representantes elegidos por y entre los delegados de personal o, en su ausencia, directamente por las personas trabajadoras en empresas sin representación sindical. Su función principal es participar en la identificación de riesgos, la planificación de medidas preventivas, la supervisión del cumplimiento de la normativa y la propuesta de mejoras, contribuyendo así a garantizar un entorno laboral seguro y saludable.
  • Comités de Seguridad y Salud: Órganos colegiados y paritarios compuestos por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras, encargados de colaborar en la planificación de la prevención y en la adopción de decisiones vinculadas a la seguridad y salud laboral. Su creación es obligatoria en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores, y debe reunirse, al menos, una vez cada trimestre.
  • Delegadas y delegados sindicales: Representantes de las secciones sindicales de la empresa, con derecho a participar en el Comité de Seguridad y Salud con voz, pero sin voto. Pueden acceder a la documentación preventiva y presentar propuestas destinadas a mejorar las condiciones de seguridad y salud en el entorno laboral.

Además de cumplir con las obligaciones legales, la empresa puede implementar diversas acciones para fomentar y mejorar la consulta y participación de las personas trabajadoras.

  • Impulse activamente la seguridad y salud laboral mediante un liderazgo comprometido y visible. Esto implica que la dirección de la empresa demuestre de manera constante, con acciones concretas y ejemplo personal, su compromiso con la seguridad y salud laboral, fomentando una cultura preventiva activa y promoviendo la participación de todo el personal en la gestión de los riesgos.
  • Promueva la implicación de las personas trabajadoras en la identificación de riesgos y la toma de decisiones relacionadas con la prevención de accidentes y enfermedades laborales.
  • Establezca canales de comunicación accesibles (buzón de sugerencias, correo electrónico, intranet…) que permitan a las personas trabajadoras informar sobre riesgos, incidentes o sugerencias relacionadas con la seguridad en el trabajo. Fomente una cultura en la que se sientan seguras al reportar problemas, garantizando que no habrá represalias por comunicar incidentes.
  • Implemente un sistema de seguimiento formal de las propuestas realizadas, asegurando que se evalúen, se dé una respuesta y, en su caso, se ejecuten.
  • Ofrezca formación contínua en prevención de riesgos laborales a todos los niveles de la organización, más allá de la mínima exigida por la normativa. Esta capacitación permitirá a las personas trabajadoras identificar riesgos, proponer mejoras y participar de forma más efectiva.
  • Establezca un sistema de gestión documentado en materia de seguridad y salud laboral que incluya políticas claras y procedimientos fácilmente accesibles para todas las personas trabajadoras y sus representantes. Este sistema debe garantizar que todos conozcan en detalle las condiciones de trabajo, las medidas preventivas y los procedimientos operativos establecidos, fomentando así su capacidad de participar activamente y presentar propuestas de mejora sobre la documentación existente.
  • En colaboración con las personas trabajadoras y sus representantes, diseñe procedimientos claros y consensuados que garanticen su participación activa en todas las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud laboral. Por ejemplo, programe sesiones periódicas de trabajo colaborativo donde las personas trabajadoras, analicen sus propios puestos de trabajo mediante herramientas como listas de verificación y registros fotográficos. Estas sesiones permiten identificar problemas y proponer soluciones de manera eficaz.
  • Reconozca y recompense públicamente a las personas trabajadoras por su participación activa y compromiso con la seguridad y salud laboral. Esto puede incluir premios, bonificaciones o reconocimientos públicos que motiven y refuercen una actitud proactiva hacia la prevención.
  • Realice evaluaciones periódicas sobre la eficacia de la gestión preventiva, encuestando a las personas trabajadoras para recoger su retroalimentación. A partir de esta información, implemente los ajustes y mejoras necesarios para garantizar una gestión más eficaz.
 

Para mejorar la consulta y la participación de los representantes de los trabajadores, se pueden llevar a cabo las siguientes acciones:

    • Facilite a los representantes de las personas trabajadoras el tiempo, los recursos y el apoyo administrativo necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones en materia de seguridad y salud laboral, superando los mínimos establecidos por la normativa o los convenios colectivos.
    • Establezca un calendario fijo de reuniones con los delegados de prevención o con el comité de seguridad y salud (si lo hubiera) con mayor periodicidad de la mínima exigida por la ley, por ejemplo, mensualmente.
    • Organice inspecciones periódicas en los distintos puestos de trabajo, en las que participen los delegados y delegadas de prevención o los miembros del comité de seguridad y salud (si lo hubiera) junto con la dirección. Estas visitas permiten identificar de manera colaborativa los posibles riesgos, evaluar las condiciones laborales in situ y proponer mejoras conjuntas, al tiempo que se fortalece la relación y el compromiso mutuo en la gestión de la seguridad y salud laboral.
    • Fomente una cultura de reconocimiento del trabajo que realizan desde el comité de seguridad y salud, visibilizando sus aportaciones a la mejora del entorno laboral.
    • Organice sesiones de formación conjunta sobre temas específicos que se hayan de abordar donde participen todos los miembros del comité de seguridad y salud con el objetivo de alinear criterios y fomentar el trabajo en equipo.

 

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