INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, ORGANIZATIVA Y DE BUEN GOBIERNO

Institucional

La Confederación de Empresarios de Andalucía es una organización empresarial, de carácter confederativo e intersectorial, cuyo ámbito es la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin ánimo de lucro, constituida para la coordinación, representación, gestión, fomento y defensa de los intereses empresariales, generales y comunes, que está dotada de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

La Confederación de Empresarios de Andalucía ajusta su funcionamiento interno, establece sus fines y ejerce sus competencias de acuerdo con los siguientes principios:

  • Transparencia en la gestión.
  • Participación de los interesados
  • Eficiencia en el empleo de los recursos de la organización
  • Eficacia en la consecución de sus objetivos.
  • Buen gobierno y diligencia debida en la dirección de la entidad

La Confederación persigue como FINES fundamentales:

a) La representación, coordinación, gestión, fomento y defensa de los intereses colectivos de carácter económico, social, empresarial y profesional de sus miembros, así como los individuales de los mismos que lo soliciten a los órganos de gobierno.
b) Fomentar y defender el sistema de iniciativa privada y economía de mercado.
c) Promover y defender la unidad y la integración empresarial.
d) Propiciar el desarrollo económico de Andalucía como medio de lograr una situación social más justa.
e) Representar y defender los intereses generales y comunes del empresariado en la sociedad ante la Administración, los Organismos Autónomos y las Organizaciones Profesionales.
f) La representación institucional y defensa de los intereses colectivos empresariales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores, ante las Administraciones Públicas y demás entidades y organismos de carácter autonómico, las organizaciones sindicales y asociaciones representativas de intereses colectivos.
g) La representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en el ejercicio del diálogo y la concertación social, en los términos previstos en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.
h) El fomento de la formación profesional para el empleo en todos los ámbitos empresariales.
i) El fomento y la difusión de los sistemas de mediación, arbitraje y conciliación en el ámbito civil, mercantil y laboral.
j) La sostenibilidad económica y ambiental y el ejercicio y la promoción de la responsabilidad social empresarial.
k) La promoción de la cultura preventiva ante los riesgos laborales.
l) El fomento de la creación de empresas, del autoempleo y de la vocación empresarial en nuestra Comunidad.
m) El fomento de la participación empresarial en la cooperación internacional al desarrollo.

En orden a la consecución de los fines propuestos y sin cesión de las competencias de sus organizaciones miembros, corresponden a la Confederación las siguientes FUNCIONES:

a) Representar y gestionar, en sus aspectos generales y comunes, los intereses confiados a las Organizaciones Confederadas ante todas las instancias, ya sean representativas, de gestión o de decisión, en los planos socio económicos, culturales o políticos de la región.
b) Fomentar las Organizaciones Profesionales Empresariales, propiciando la unidad y solidaridad de las mismas.
c) Estudiar todo tipo de problemas que se planteen con carácter genérico a las empresas, acordar las soluciones pertinentes y establecer las consiguientes líneas de actuación común de las organizaciones miembros.
d) El estudio específico de los aspectos laborales especialmente los relativos a salarios, conflictividad, contratación colectiva, Seguridad Social y productividad, estableciendo las oportunas relaciones con las Organizaciones Profesionales de Trabajadores y con la Administración Pública y los Organismos Autonómicos de Andalucía.
e) Elaborar recomendaciones de actuación en materia socioeconómica ante los Poderes Públicos, especialmente las referidas a los problemas de la empresa, a la política económica en general, a la planificación, a los problemas de la coyuntura y a los dimanantes de las relaciones internacionales, y en particular informar los proyectos de normas emanadas de la Comunidad Autónoma que afecten a los intereses generales del empresariado andaluz.
f) Establecer y facilitar los servicios de interés común o específico, que requieran las Organizaciones Profesionales Confederadas.
g) Promover el avance en métodos y técnicas de gestión de empresa, particularmente mediante la realización y difusión de la investigación y la organización y funcionamiento de los oportunos medios de formación e información.
h) Establecer, mantener y fomentar las pertinentes relaciones con entidades españolas, extranjeras e internacionales.
i) Promover, gestionar y llevar a cabo, en interés de las empresas andaluzas, cuantas actividades o servicios de naturaleza social y laboral, profesional, económica, asistencial o de previsión sean acordadas por los órganos de gobierno.
j) Suscribir Acuerdos en el ámbito del Diálogo Social con las Administraciones Públicas y las Organizaciones Sindicales y de Trabajadores.
k) Suscribir Acuerdos Interprofesionales y otros en materia de negociación colectiva, en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores.
l) Constituir servicios internos de mediación y arbitraje en materia civil y mercantil para la resolución de conflictos que afecten a las empresas y organizaciones miembros de CEA.
m) Suscribir Convenios de Colaboración con las Administraciones Públicas, con organizaciones empresariales o sindicales, o con cualquier institución y entidad de carácter público o privado, para el cumplimiento de los fines de la Confederación.

Constituida inicialmente al amparo de la Ley 19/1977, de 1º de Abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, Real Decreto 873/1977, de 22 Abril, y disposiciones complementarias, es una organización empresarial de las previstas en el artículo 7 de la Constitución Española, queda sometida a ésta y al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía, rigiéndose por criterios democráticos, a través de representantes libremente elegidos. Es independiente de la Administración, de las organizaciones de trabajadores y de los partidos políticos.

Organizativa

ARTICULO 9º: Organos de Gobierno

1.- Son órganos de gobierno de la Confederación:

  • La Asamblea General
  • La Junta Directiva
  • El Comité Ejecutivo
  • La Presidencia

2.- Son Cargos Directivos de la Confederación

  • La Presidencia
  • Las Vicepresidencias
  • Las Vocaliías de la Junta Directiva
  • Las Vocalías del Comité Ejecutivo

PRESIDENTE Javier González de Lara y Sarria

  • Presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)
  • Presidente de la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM).
  • Vicepresidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE)

VICEPRESIDENTE Javier Sánchez Rojas

  • Presidente de la Confederación de Empresarios de Cádiz (CEC)
  • Presidente del Consejo Andaluz de Cámaras de Comercio
  • Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jerez de la Frontera

VICEPRESIDENTE José Cano García

  • Presidente de la Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)

VICEPRESIDENTE Antonio Díaz Córdoba

  • Presidente Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)
  • Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Córdoba

TESORERA Ana Alonso Lorente

  • Presidenta de la Federación Andaluza de Mujeres Empresarias (FAME)

CONTADOR Natalia Sánchez Romero

  • Vicepresidenta Ejecutiva y Secretaria General Confederación de Empresarios de Málaga (CEM)

VOCAL Rafael Amor Acedo

  • Presidente de ATA-Andalucía

VOCAL Baldomero Bellido Carreira

  • Vocal Federación de Asociaciones Agrarias-Jóvenes Agricultores de Andalucía (Hostelería de Andalucía)

VOCAL Gerardo Cuerva Valdivia

  • Presidente de la Confederación Granadina de Empresarios (CGE)

VOCAL Javier Frutos Pérez

  • Presidente de HORECA-Andalucía

VOCAL Marichu García Trejo

  • Vicepresidenta Confederación Granadina de Empresarios (CGE)

VOCAL José Luis García-Palacios Álvarez

  • Presidente de la Federación Onubense de Empresarios (FOE)

VOCAL Encarnación Gil Serra

  • Secretaria General de la Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)

VOCAL Bartolomé González Ruiz

  • Presidente de la Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ)

VOCAL Enrique Guevara Pérez

  • Delegado de la Asociación Nacional de Medianas y Grandes Empresas de Distribución (ANGED-Andalucía)

VOCAL Antonio Joyanes Díaz

  • Presidente Asociación Andaluza de Empresas Petroquímicas (AAEP)

VOCAL Diego Ortiz Arévalo

  • Confederación Andaluza Empresarios de Alimentación (CAEA)

VOCAL Carmen Ponce Grass

  • Miembro del Consejo Empresarial de Andalucía en representación de Heineken España, S.A.

VOCAL Miguel Rus Palacios

  • Presidente de la Confederación de Empresarios de Sevilla (CES)

VOCAL Rafael Sánchez Alcalá

  • Presidente de FADECO-Contratistas

VOCAL Rafael Sánchez Durán

  • Asociación de Empresas de Energía de Andalucía

VOCAL José Andrés Santos Cordero

  • Vicepresidente de la Confederación de Empresarios de Cádiz (CEC)

VOCAL Francisco Torrent Cruz

  • Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)

SECRETARIO GENERAL Luis Fernández-Palacios González de Castejón

  • Secretario General de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)

Ética y Buen Gobierno

La Comisión de Buen Gobierno es el órgano de carácter colegiado que actúa bajos los principios del rigor, independencia, autonomía, objetividad y confidencialidad en los asuntos de los que resulta competente en materia de seguimiento, control y cumplimiento del CODIGO ETICO DE BUEN GOBIERNO. Igualmente corresponde a la Comisión de Buen Gobierno velar por el cumplimiento del programa de prevención de imputaciones delictivas, constituyéndose, como el órgano competente para el conocimiento e instrucción del procedimiento en materia de responsabilidad penal.

El nombramiento y remoción de sus miembros se produce por acuerdo del Comité Ejecutivo de CEA. De acuerdo con sus ESTATUTOS,, su funcionamiento se llevará a cabo mediante reuniones de las que se levantará acta, sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple y en los procedimientos que instruya se someterá a la ratificación del Comité Ejecutivo, la decisión final adoptada. Se reunirá cuantas veces sea necesario o lo solicite cualquiera de sus miembros.

La Comisión de Buen Gobierno de CEA quedó constituida formalmente en reunión celebrada el 9 de diciembre de 2015 y como órgano colegiado de carácter consultivo le corresponden las siguientes atribuciones:

a) Velar por el cumplimiento del Código Ético y de Buen Gobierno de CEA, del Programa de COMPLIANCE y de las normas estatutarias de CEA y disposiciones legales en general.

b) Hacer propuestas de mejora en materia de buen gobierno

c) Asesorar a los órganos de gobierno de CEA en materia de buen gobierno, emitiendo a tal efecto los informes que le sean requeridos.

d) Emitir informes en aquellas materias que le vengan atribuidas por los Estatutos de CEA, en particular, sobre exclusión de miembros o impugnaciones en materia de procedimiento electoral.

e) Tramitar las denuncias y en su caso iniciar el procedimiento de investigación. La instrucción del procedimiento sancionador para verificar el cumplimiento del Código Ético y de Buen Gobierno, así como el conocimiento e instrucción del procedimiento conducente a analizar y resolver las actuaciones que puedan considerarse constitutivas de un ilícito penal de acuerdo con el Plan de Prevención de Riesgos Penales.

COMPOSICIÓN DE LA COMISION DE BUEN GOBIERNO

La Comisión de Buen Gobierno estará integrada por cinco miembros designados por el Comité Ejecutivo de CEA a propuesta del Presidente, del siguiente modo:

– Un presidente, que será quien ostente la presidencia de CEA o persona en quien este delegue, que ostentará voto de calidad.

– Dos vocales designados de entre los miembros del Comité Ejecutivo.

– Dos vocales designados entre personas ajenas al Comité Ejecutivo de CEA

– Un secretario que asistirá a la Comisión con voz pero sin voto, que levantará acta de los acuerdos adoptados.

De conformidad con lo previsto en el Estatuto de la Comisión de Buen Gobierno, por acuerdo unánime de la misma, el Comité Ejecutivo de CEA puede designar hasta tres miembros más, cuando se estime necesario para el cumplimiento de sus funciones.

PRESIDENCIA :

  • Julián Gómez Gotor


VOCALES DEL COMITÉ EJECUTIVO DE CEA :

  • Ana Alonso Lorente – Tesorera de CEA
  • Antonio Díaz Córdoba – Vicepresidente de CEA


VOCALES EXTERNOS AL COMITÉ EJECUTIVO DE CEA :

    • José Manuel López Mayorga – Presidente del Consejo Empresarial de Relaciones Laborales de CEA
    • Manuel Mingorance Martín – Presidente del Consejo Empresarial de Medio Ambiente de CEA
    • José Luis Palma Fernández – Asesor Legal


SECRETARIO :

  • Manuel-Carlos Alba Tello – Director Área Jurídica y Relaciones Laborales de CEA

 

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE IMPUTACIONES DELICTIVAS

El Programa tiene como objetivo identificar los posibles riesgos de imputación delictiva que mediante un proceso penal puedan dirigirse contra la propia CEA como persona jurídica y/o contra sus miembros para la exigencia de responsabilidad penal o civil, en su caso, derivada de delitos imputados.

El informe analiza la estructura organizativa de la CEA, los órganos de gobierno, de control y gestión, y de asesoramiento que la configura y en base a las funciones y competencias que le vienen asignadas por los Estatutos, se hace un análisis de los distintos tipos delictivos que de acuerdo con la norma penal pueden ser imputados a la entidad o a sus representantes, cargos directivos y todo el personal.

Los posibles riesgos de imputación delictiva se agrupa en tres tipos:

a) Riesgos de imputación delictiva inherentes a la actividad de CEA.

b) Riesgos de imputación delictiva derivados de la previa comisión de otros delitos.

c) Riesgos de imputación delictiva inherentes a la naturaleza específica de la CEA .

Para la aplicación Práctica del Programa se han elaborado los Manuales de Prevención de Riesgos Penales: Parte General y Parte Especial en los que se describen:

  • Riesgos de imputación delictiva como medio para la comisión de otro delito o por ser inherentes a la CEA como persona jurídica (Parte General)
  • Riesgos de imputación delictiva identificados como derivados de las diferentes actividades desarrolladas por la CEA (Parte Especial)

 

 

EL CATÁLOGO DE CONDUCTAS PROHIBIDAS

El Catálogo de Conductas Prohibidas, recoge una serie de actuaciones o conductas cuya realización, por parte del personal de CEA y de sus directivos, pueden ser susceptibles de constituir una infracción del Código Ético o un riesgo imputación delictiva.

El listado de conductas prohibidas que se señalan no tiene carácter exhaustivo, por lo que otras conductas o actuaciones aun cuando no estén expresamente contempladas en este Catálogo, se entienden igualmente prohibidas en tanto en cuanto sean contrarias o conculquen la legislación vigente de cualquier orden jurídico, y por tanto pueden ser susceptible de ser sancionadas conforme a las normas internas establecidas.

El Catálogo de Conductas prohibidas es aplicable a los órganos de gobierno de CEA, cargos directivos, de gestión, control y consulta; organizaciones y empresas asociadas y personal de CEA, e igualmente exigible a terceras personas o entidades que actúen en nombre de CEA o sean subcontratadas por la Confederación.

El listado de conductas prohibidas se integran en 19 epígrafes en función de la naturaleza y el ámbito material en el que pueden producirse, a modo de ejemplo:

– Integridad física de las personas respecto de las obligaciones en prevención de riesgos laborales.
– La integridad moral
– El descubrimiento y revelación de secretos
– Defraudaciones y estafas
– Insolvencias punibles – Alteraciones de precios en concursos o subastas
– Daños informáticos
– La propiedad industrial o intelectual
– El mercado y los consumidores
– La corrupción privada.
– Delitos societarios
– Blanqueo de capitales
– Hacienda Pública y Seguridad Social
– Derechos de los trabajadores
– Ordenación del territorio; recursos naturales y el medioambiente; incendios
– La Administración Pública

SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (Canal SICOM)

RENOVACIÓN DEL COMPROMISO DE ADHESIÓN DE LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA AL PACTO MUNDIAL DE LAS NACIONES UNIDAS

El día 9 de febrero de 2021, CEA renovó el compromiso de adhesión al Pacto Mundial de las Naciones Unidas, remitiendo un nuevo Informe de Progreso y Comunicación de Compromiso.

En este Informe de Progreso que comprende el periodo 2019-2021, se reflejan todas las actuaciones desarrolladas y las que están previstas desarrollar en el compromiso de promover entre las empresas andaluzas la alineación de los ODS con sus estrategias empresariales y el cumplimiento de los Principios del Pacto Mundial de la Naciones Unidas, en los ámbitos de los Derechos Humanos, el Trabajo, el Medioambiente y la Lucha contra la corrupción

CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCIA

Horario:

Invierno: 8:00h a 17:30h

Verano: 8:00h a 15:00h

Isla de la Cartuja, c/ Arquímedes 2
41092 Sevilla
954488900
www.cea.es
info@cea.es
CONTACTE