<%@LANGUAGE="VBSCRIPT" CODEPAGE="65001"%> Mejora en la Productividad empresarial con la Factura Electrónica y la Firma Digital
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¿Es obligatoria? ¿desde cuándo?

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Imagen de un almanaque

Desde el 1 de Enero de 2004 es legal en todos los países de la Unión Europea emitir Facturas Electrónicas.

Desde la Administración Estatal se promulga, a través del Plan Avanza del Ministerio de Industria que la implantación de la Factura Electrónica supone un paso fundamental en la transformación de las PYMES al concepto de empresa digital.

En la actualidad, más de 1000 empresas proveedoras de productos de gran consumo están utilizando ya la factura electrónica, con los consiguientes ahorros en tiempo, gestión y coste. Emiten al mes más de 500.000 facturas electrónicas, que de ser impresas en papel requerirían de 2,5 kilómetros de archivadores para almacenarlas. Asimismo, ya son muchos los distribuidores que están recibiendo facturas electrónicas como: Carrefour, El Corte Inglés, Eroski, Mercadona, Condis, Alcampo, Schlecker, Bon Preu, Caprabo, Ahold, Makro, Día, Sabeco, Aki, Ahorramas, Leroy Merlin, HD. Covalco y muchos más…

Como ya se ha indicado en otros apartados con anterioridad, es el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento en el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor añadido, se consolida la posibilidad de remitir las facturas por medios electrónicos, con el consiguiente ahorro de costes. Ello unido a otras iniciativas del sector público como la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información, la Ley 11/2007 de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público hacen que la implantación de sistemas de Facturación Electrónica para las empresas sea un reto al que llegar a tiempo. Esta modificación, puesta en marcha por los ministerios de Industria y de Hacienda, afecta a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Imagen de los plazos de la factura electrónica

La obligatoriedad de la facturación electrónica servirá de impulso al uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en el ámbito empresarial.

La inminencia de los plazos obligatorios para que las empresas facturen electrónicamente a la Administración ha comenzado a principios de 2009 para grandes compañías de servicios y en noviembre de 2010 se extenderá a la totalidad del tejido empresarial, incluyendo procesos de contratación, contenciosos administrativos, subvenciones, libros de registros de IVA, impuestos de patrimonio, etc…

En definitiva, desde el 1 de agosto de 2009, la presentación de facturas electrónicas es obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada y aproximadamente desde el 1 de octubre de 2010 el uso de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión.


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