En qué consiste: Es una autorización administrativa necesaria que tiene por finalidad contrastar si se ha respetado en la realidad la licencia de obras, comprobando si se han cumplido o no las condiciones establecidas en dicha licencia y controlando si el establecimiento reúne las condiciones idóneas de seguridad y salubridad y puede habilitarse para el uso comercial a que se destina.
Qué organismo tramita: La Delegación de Obras y/o Urbanismo del Ayuntamiento correspondiente.
Documentación requerida:
Por otra parte, no podrá otorgarse licencia municipal de apertura referida a las actuaciones sujetas a calificación ambiental (se explica a continuación), hasta tanto se haya dado total cumplimiento a dicho trámite, ni en contra de lo establecido en la resolución de calificación ambiental.
Legislación de referencia:
Confederación de Empresarios de Andalucía
C/ Arquimedes, 2.Isla de la Cartuja 41092
Sevilla ESPAÑA
http://www.cea.es| Teléfono: 954 48 89 00| Fax: 954 48 89 11