En qué consiste: Inscripción de toda entidad o particular dedicado a la producción en viveros de plantas vivas de todas clases: frutales, olivo, vid, especies de sombra y ornamentación, de horticultura y jardinería y forestales. Deben inscribirse también los viveros de plantas forestales, tanto de organismos oficiales como de las empresas privadas. Requerido en viveros y centros de jardinería.
Qué organismo tramita: Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera. Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca.
Documentación requerida:
Legislación de referencia:
Más información:
Confederación de Empresarios de Andalucía
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Sevilla ESPAÑA
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