Gasolineras
Autorización de acceso a la vía pública de las estaciones de servicio
En qué consiste: Solicitud de autorización y acreditación de laboratorios privados independientes de análisis y control de alimentos, aguas y bebidas.
Qué organismo tramita: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Documentación requerida:
- Solicitud de autorización en la que conste:
- DNI o documento acreditativo de pertenencia a un Estado miembro si el interesado es persona física o estatutos sociales si es persona jurídica.
- La propiedad o cualquier otro derecho que lleve aparejada la posesión de los terrenos en los que haya de instalarse la estación de servicio, mediante documento público debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad, o la autorización o concesión, según los casos, de la entidad estatal, autonómica o local a quien corresponda la propiedad de los terrenos. Si fuera preciso, se exigirá escritura pública de formación de finca registral independiente.
- Obras e instalaciones que se pretendan realizar.
- Señalamiento expreso de las líneas de dominio público, servidumbre y afección, y de la línea límite de edificación en la finca, a fin de que se pueda acreditar que las instalaciones y edificios quedan fuera de las zonas de dominio público y de servidumbre y detrás de la línea límite de edificación.
- Proyecto de construcción, suscrito por técnico competente y visado por Colegio profesional, con:
- Situación de los edificios e instalaciones.
- Trazado de los accesos, la señalización, el firme, el drenaje, la iluminación y la ornamentación.
- Análisis de las características de la carretera a la que se pretende acceder, tales como trazado en planta, alzado y sección, visibilidad disponible, señalización, existencia de otros accesos o vías de servicio, en un ámbito no inferior al comprendido entre 500 metros antes y después de los accesos a la estación de servicio.
- Estudio de tráfico.
- Licencia municipal de obras.
- Licencia municipal de actividad.
Más información:
Aprobación previa del proyecto de Estaciones de servicio y unidades de repostaje
En qué consiste: Presentación del Proyecto de la Instalación para su aprobación por el órgano de Comunidad Autónoma competente en materia de Industria.
Qué organismo tramita: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Documentación requerida:
- Modelo de solicitud oficial.
- Copia de la escritura de constitución de la sociedad, si el titular de la industria es una persona - jurídica, o del DNI, o documento acreditativo de pertenencia a un Estado miembro, si es una persona física.
- Proyecto firmado por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial al que pertenezca.
- Documento acreditativo de la propiedad, arrendamiento o derecho real sobre los terrenos en los que va a ubicar la estación de servicio.
- Licencia municipal de actividad.
- Licencia municipal de obras.
- Autorización para la realización de accesos desde la vía pública por el órgano competente.
- Órgano competente en materia de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Más información:
Autorización para la puesta en marcha de Estaciones de Servicio y unidades de repostaje
En qué consiste: Autorización para la puesta en marcha de las instalaciones e inscripción de la misma en el Registro de instalaciones petrolíferas para suministro a vehículos. Ejecutado el proyecto aprobado, se solicitará la autorización para la puesta en marcha de la instalación.
Qué organismo tramita: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Documentación requerida:
- Impreso de solicitud de inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales.
- Documento acreditativo del pago de las tasas.
- Boletín de instalación eléctrica expedido por instalador autorizado.
- Copia del Documento de calificación Empresarial del instalador autorizado.
- Certificado de final de Dirección de obra en impreso del Colegio oficial que especifique que la instalación eléctrica cumple con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y con la Instrucción MI BT 026 y que las instalaciones petrolíferas relacionadas con el suministro de combustible cumplen con la Legislación de referencia vigente.
- Certificado de fabricación y primera prueba de los tanques.
- Certificado de pruebas de estanqueidad de los depósitos y conducciones realizadas en el lugar de emplazamiento y expedidas por un Organismo de Control Autorizado (OCA).
- Certificado de sellado de las canalizaciones por Empresa Autorizada.
- Licencia municipal de actividad.
- Licencia municipal de obras.
- Contrato de abastecimiento de combustible.
- Certificado de instalaciones auxiliares.
- Órgano competente en materia de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Más información:
Autorización de centros de almacenamiento y suministro de gas licuado del petróleo para su utilización como carburante de vehículos con motor
En qué consiste: Ejecutado el proyecto aprobado, se solicitará la autorización para la puesta en marcha de la instalación.
Qué organismo tramita: Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Documentación requerida:
Solicitud de autorización que contenga:
- Titular de la instalación.
- Entidad que va a efectuar la instalación.
- Titular de la explotación.
- Ubicación propuesta.
- Certificación del ayuntamiento correspondiente que indique que la zona de ubicación propuesta cumple el coeficiente de edificación exigido.
- Proyecto de la instalación, firmado por técnico titulado competente y visado por su correspondiente colegio oficial que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad reglamentariamente exigibles por la Orden de 24 de noviembre de 1982 (BOE Nº 292, de 6 de diciembre de 1982) y la Orden de 29 de enero de 1986 (BOE Nº 46, de 22 de febrero de 1986).
- NIF y datos del comercio.
- IAE / declaración censal.
Más información:
Registro de pequeños productores de residuos peligrosos: Inscripción
En qué consiste: La finalidad genérica del Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos es inscribir la actuación administrativa que se produzca en el ejercicio de las actividades de producción y gestión de residuos tóxicos y peligrosos.
Qué organismo tramita: Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
Más información: