En qué consiste: Comunicación de inicio de actividad al Registro autonómico para el seguimiento e información de las actividades asociadas a franquicias, en el plazo de 3 meses de su inicio.
Qué organismo tramita: Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deportes de la Junta de Andalucía.
Documentación requerida:
Nombre o razón social, domicilio, datos de inscripción en el Registro Mercantil, en su caso, y el número o código de identificación fiscal.
Denominación de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto del acuerdo de franquicia y acreditación de tener concedida y en vigor la titularidad o los derechos de licencia de uso sobre los mismos, así como su duración y eventuales recursos.
Descripción del negocio objeto de la franquicia a través de una memoria explicativa de la actividad, con expresión del número de franquiciados con que cuenta la red y el número de establecimientos que la integran, distinguiendo los explotados directamente por el franquiciador de los que operan bajo el régimen de cesión de franquicia, con indicación del municipio y provincia en que se hallan ubicados.
En el caso de que el franquiciador sea un franquiciado principal, éste deberá acompañar la documentación que acredite los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, domicilio, forma jurídica y duración del acuerdo de franquicia principal; junto con el contrato que acredite la cesión por parte del franquiciador originario.
Las empresas inscritas por medio de representante deberán aportar el documento acreditativo de esta condición.
Las empresas extranjeras a efectos de la inscripción en el Registro deberán presentar original y copia traducida de la documentación.
Legislación de referencia:
Más información:
Confederación de Empresarios de Andalucía
C/ Arquimedes, 2.Isla de la Cartuja 41092
Sevilla ESPAÑA
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